Los ministros de la Suprema corte de Justicia de la Nación tuvieron una sesión remota en la que se discutió la famosa Ley Bonilla, así como su validación de la reforma al artículo Octavo de la Constitución de Baja California. Este cambio ampliaba a cinco años el mandato del gobernador Jaime Bonilla.  Posteriormente, se presentó un proyecto en su contra debido a que se le considero como un fraude constitucional. 

Te damos un poco de contexto. 

¿Qué es la Ley Bonilla?

Todo comienza en junio del año pasado cuando el diputado Víctor Manuel Morán presenta ante el Congreso de Baja California una reforma que propone ampliar el periodo de gobierno de Jaime Bonilla de tres a cinco años. 

Un mes después, el congreso emite la aprobación de dicha ley,  y comienza a tener descontentos con integrantes de varios partidos políticos y  de ciudadanos del estado. 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación comienza a recibir  impugnaciones realizadas por varios partidos políticos como el PRD, Movimiento Ciudadano y el partido local, Transformemos.

Proponen que el tema se defina con una consulta ciudadana, para darle una legitimidad democrática, como así lo establece la constitución federal y el domingo 13 de octubre del mismo año, se lleva a cabo la consulta. 

Sin embargo, a través de redes sociales comenzaron a acusar la consulta por que se estaba llevando a cabo sin organización, lo cuál dejaba con ciertas sospechas. 

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Se decía que las preguntas eran confusas, y por lo tanto la gente que no estaba bien informada podía votar por algo en lo que no estaba consiente. 

¿Fraude? 

Dada la opinión de los siete magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, coincidieron que la aprobación de esta reforma era un acto de irregularidad constitucional.

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Pese a ello fue una violación a los principios electorales, seguridad jurídica, no reelección, irretroactividad de las leyes y derecho al voto.

«Los artículos constitucionales transitorios que han sido impugnados violan el principio de no reelección consagrado en el artículo 116, fracción I de la Carta Magna, de tal suerte que la norma impugnada resulta inconstitucional por violentar el principio de no reelección», opinó el ministro José Fernando González Salas.

 

 

Se consideró que la retroactividad, la división de poderes y prohibición de leyes privativas que tiene el artículo reformado, van más allá del ámbito electoral. 

«Cuando los representantes traicionan a sus representados, nos encontramos frente a un atentado contra la democracia y nuestra Constitución», dijo la ministra Norma Piña, refiriéndose a la actuación de los diputados locales como abuso de su poder. 

Las consecuencias 

El pasado lunes 11 de mayo se anuló la reforma y el ministro Alberto Pérez Dayán recalcó que se violaron principios de la democracia y por lo tanto se negó validez a la orden del Tribunal Electoral estatal, dictada en marzo de 2019.

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«La Reforma legislativa dio origen a la denominada ley Bonilla, fue un fraude postelectoral y un golpe a la Constitución, además de que representa un ilícito constitucional singular, organizado desde el Congreso de Baja California mediante un efecto corruptor que manipuló la Constitución federal y pisoteo, los principios de la democracia, así como también, resultó en un extra limitación a derecho al voto libre, secreto y directo. Considero que la sentencia de la Suprema Corte de la Nación es un hecho histórico que fortalece nuestras instituciones y el Estado de Derecho», aseguró Verónica Muñoz Duran, Titular del órgano desconcentrado del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM)